La moción, patrocinada por los Diputados Harry Jürgensen y Cristóbal Urruticoechea, modifica el Código Sanitario y el Código Penal para proscribir el aborto y aumentar la sanción penal aplicable.
Los autores del proyecto de ley señalan que el artículo 19 Nº 1 de la Constitución, asegura a todas las personas el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de las personas. El mismo artículo agrega, lo que resulta fundamental para esta iniciativa, que la ley protege la vida del que está por nacer.
Añaden que en un sentido similar se pronuncia el artículo 3º de la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuando asegura a todo individuo el derecho a la vida y, más contundentemente, el artículo 4º de la Convención Americana de Derechos Humanos, cuando reconoce el derecho de toda persona a que se respete su vida, adicionando que ese derecho estará protegido por la ley, a partir del momento de la concepción.
Exponen que el artículo 344 del Código Penal castiga “fuera de los casos permitidos por la ley” a la mujer que causare su aborto o consintiere que otra persona se lo cause y la castiga con presidio menor en su grado máximo (3 años y 1 día a 5 años). Agregando, en su inciso segundo, que si ese aborto de cometiera por ocultar su deshonra la pena se rebaja en un grado. El artículo 345 del mismo Código Punitivo, castiga al facultativo que, abusando de su oficio, causare el aborto o cooperare a él con las mismas penas señaladas en el artículo 342 aumentadas en un grado.
Explican que la redacción actual de los preceptos mencionados corresponde a las que le dio la Ley Nº 21.030, que Regula la Despenalización de las Interrupción Voluntaria del Embarazo en Tres Causales. Esa legislación, modificando el Código Sanitario, permitió la realización de abortos por (I) riesgo vital de la madre; (II) patología congénita adquirida o genética, incompatible con la vida extrauterina independiente del embrión; y, (III) En el caso de violación, siempre que no hayan transcurrido más de doce semanas de gestación.
Según cifras del Ministerio de Salud, a junio de 2022, se han realizado en nuestro país 3.333 abortos, bajo el amparo de esa ley.
Los autores, en el convencimiento que el aborto constituye una forma de homicidio, toda vez que implica la eliminación de un ser humano débil e inocente, a través de la iniciativa legal buscan sancionar penalmente la “herida gravísima” del aborto causada a la sociedad, derogando la reglamentación pertinente del Código Sanitario y aumentando sus penas.
Fuente: DiarioConstitucional.cl