Liquidación de Sociedad Conyugal
Liquidación de Sociedad Conyugal Puerto Montt
La liquidación de la sociedad conyugal permite a los cónyuges casados bajo este régimen patrimonial, a su término, repartir los bienes adquiridos durante su vigencia. El término de la sociedad conyugal se produce por su sustitución por otro régimen patrimonial, por causa de divorcio, o declaración de nulidad matrimonial.
La liquidación de la sociedad conyugal se puede efectuar de mutuo acuerdo entre los cónyuges, mediante escritura pública redactada por abogado, y firmada ante notario público, y en donde se valoriza o taza cada uno de los bienes que componen su haber. Una vez hecho esto se procede a su reparto y adjudicación por cada cónyuge. En este tipo de reparto prima siempre el libre consentimiento de los cónyuges, tanto en la valoración de los bienes como en su reparto y adjudicación.
En caso de no existir acuerdo entre los cónyuges, se puede solicitar su liquidación ante tribunales civiles, para que se designe un juez partidor. En este caso cada parte deberá ser representada por su abogado, y el juez partidor fijará sus honorarios, el que generalmente es un porcentaje del valor total de los bienes.
- Liquidación de Sociedad Conyugal Puerto Montt. Si requiere asesoría o contratar los servicios de un abogado para hacer este trámite contáctese con nosotros.